Por: Maximillien Pineda Rincón.
La lucha por los derechos de las mujeres en Colombia evidencia la interacción entre cambios legales, dinámicas sociales y reivindicaciones culturales. Hasta bien entrada la década de 1930, el sistema legal reflejaba y reforzaba una estructura patriarcal que relegaba a las mujeres al ámbito privado y las excluía de la vida pública. Esta columna examina no solo los hitos legales que transformaron esa realidad, sino también el contexto sociológico que los hizo posibles, destacando las tensiones entre tradición y modernidad que marcaron esta evolución.
Antes de las reformas de la década de 1930, las mujeres casadas eran consideradas jurídicamente incapaces. Según el Código Civil de 1887, carecían de autoridad para administrar sus bienes, firmar contratos o tomar decisiones legales sin la autorización de sus esposos. Este marco legal consolidaba la figura del esposo como cabeza del hogar relegando a la mujer a un papel subordinado.
Esta exclusión legal reflejaba la organización de una sociedad que valoraba a las mujeres principalmente como esposas y madres. Esta concepción, profundamente arraigada en la tradición y reforzada por la religión, dictaba que las mujeres debían permanecer al margen de la esfera pública, considerada un espacio reservado para los hombres.
El camino hacia el cambio comenzó en 1932 cuando Amalia López de Mesa envió un telegrama al Congreso de la Republica exigiendo reformas al Código Civil que garantizaran la igualdad jurídica entre los sexos. Aunque esta demanda se enfrentó inicialmente a la indiferencia y al rechazó representó un desafío directo a las normas patriarcales que estructuraban tanto el sistema legal como la sociedad.
Gracias al activismo de líderes como Georgina Fletcher y Ofelia Uribe, el 17 de agosto de 1932 se aprobó la Ley 28. Esta legislación otorgó a las mujeres casadas la plena capacidad civil, judicial y extrajudicial, permitiéndoles administrar y disponer de sus bienes. Al eliminar la autoridad absoluta del esposo sobre el patrimonio compartido, la ley marcó un cambio crucial en la estructura de poder dentro del matrimonio.
Este cambio no solo transformó las relaciones familiares, sino que también cuestionó los valores tradicionales que sustentaban la subordinación femenina. Aunque las resistencias culturales fueron significativas, la Ley 28 estableció un precedente para futuras demandas de igualdad.
Un año después, el Decreto 1972 permitió a las mujeres acceder a la educación superior. Este avance fue recibido con escepticismo por sectores conservadores que temían que la educación femenina alterara los roles tradicionales de género. Sin embargo, la apertura de la Universidad Nacional de Colombia a las mujeres marcó un punto de inflexión. Gabriela Peláez, la primera mujer en graduarse como abogada, simbolizó el inicio de una nueva era de profesionalización femenina.
El acceso a la educación superior tuvo repercusiones más allá del ámbito académico, pues brindó a las mujeres herramientas para cuestionar las estructuras de poder y participar activamente en los movimientos feministas emergentes. Además, contribuyó a desestigmatizar la presencia de las mujeres en espacios públicos tradicionalmente masculinos.
En la década de 1940, el movimiento por el sufragio femenino se consolidó como una de las principales luchas por la igualdad. Más de 500 mujeres firmaron un memorial dirigido al presidente Alfonso López Pumarejo, exigiendo el reconocimiento de su ciudadanía plena. Este movimiento, liderado por figuras como Esmeralda Arboleda y Josefina Valencia, enfrentó una fuerte oposición de sectores que sostenían que el voto femenino amenazaba la estabilidad social y familiar.
El 25 de agosto de 1954, tras años de activismo, se aprobó el Acto Legislativo N.° 3, que otorgó a las mujeres el derecho al voto. Este logro no solo les permitió participar en elecciones, también abrió el camino para que ocuparan cargos de representación política. El sufragio femenino simbolizó la transición hacia una ciudadanía inclusiva que reconocía a las mujeres como agentes activos en la construcción de la nación.
Aunque los avances legales presentaron cambios significativos, las transformaciones culturales fueron más lentas. La igualdad jurídica no eliminó de inmediato las barreras sociales que limitaban la participación femenina en el ámbito laboral, político y económico. Muchas mujeres continuaron enfrentando prejuicios y expectativas tradicionales que restringieron sus oportunidades.
Sin embargo, estos hitos legales sentaron las bases para un cambio cultural más profundo. La Ley 28 de 1932, el acceso a la educación superior y el sufragio femenino no solo ampliaron los derechos de las mujeres, además desafiaron las normas patriarcales que legitimaban su exclusión. Estos avances demostraron que las reformas legales pueden actuar como catalizadores de transformaciones sociales más amplias.
La evolución de los derechos de las mujeres en Colombia evidencia la importancia de la interacción entre los cambios legales y las transformaciones sociológicas. Cada avance, desde la Ley 28 de 1932 hasta el reconocimiento del voto femenino en 1954, fue producto de una lucha colectiva que desafío las normas culturales e institucionales de su tiempo.
La historia de Amalia López de Mesa, Georgina Fletcher, Ofelia Uribe, Esmeralda Arboleda y Josefina Valencia nos recuerda que los derechos no se conceden, sino que se conquistan. Aunque persisten desafíos en la búsqueda de una equidad e igualdad plena, el legado de estas luchas inspira a las nuevas generaciones a continuar trabajando por una sociedad más justa e inclusiva.
Sobre le autore…

Maximilien Pineda Rincón es una persona No Binarie AFAB, Periodista, Estudiante de Psicología, columnista. Activista, líder social y defensora de los DDHH en Casanare.