Liliana Caballero Durán, imagen recreada con ChatGPT.

In memoriam

Por Santiago Pérez Pulido

Una corrección que era, en realidad, una doctrina

Hay correcciones que parecen de estilo y son de fondo. Durante años, Liliana Caballero Durán corrigió con insistencia a quienes hablaban en su presencia de «funcionarios públicos». La palabra exacta, repetía, es «servidores públicos», porque no describe una posición en el organigrama sino una misión. El alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, recordó precisamente esa corrección al confirmar, en la noche del domingo 6 de septiembre de 2026, la noticia de su fallecimiento a los 72 años (Semana, 2026; El Espectador, 2026; MSN Noticias, 2026).

Quien ha trabajado en el sector público sabe que esa distinción no es un capricho semántico. El artículo 123 de la Constitución Política define a los servidores públicos como personas que están al servicio del Estado y de la comunidad, en ese orden y con ese alcance. La fórmula invierte la intuición ordinaria del poder: el cargo no confiere una prerrogativa sobre el ciudadano, sino un deber frente a él. Caballero Durán entendió esa inversión mejor que la mayoría y, sobre todo, hizo algo poco frecuente entre quienes la enuncian: la convirtió en diseño institucional.

Esta columna no pretende inventariar cargos. Pretende sostener una tesis. Liliana Caballero transformó el servicio público colombiano porque antes transformó el concepto de servir, y lo hizo migrar de la retórica del discurso oficial a la arquitectura concreta de las entidades. Ese es su legado, y esa es, para quienes hoy ejercemos lo público, su herencia más exigente.

Bogotá, 2001-2004: poner al ciudadano en el centro del diseño

Entre 2001 y 2004, durante el segundo periodo de Antanas Mockus en la Alcaldía Mayor, Caballero Durán ejerció como secretaria general de Bogotá. Desde allí lideró la creación del Sistema de Servicio al Ciudadano y del Modelo de Gestión Jurídica Pública, orientado a una defensa judicial eficiente y oportuna de los intereses distritales; puso en funcionamiento el Archivo Distrital; preparó y presentó ante el Concejo la reforma administrativa de la ciudad; y adoptó el modelo de contratación transparente que aún opera (Cambio Colombia, 2023; El Espectador, 2026).

Enumerados de ese modo, los hitos parecen una lista de tareas cumplidas. Leídos en clave de derecho administrativo son otra cosa: son la traducción material de los principios del artículo 209 de la Constitución. Un sistema de servicio al ciudadano convierte el derecho de petición en una infraestructura real de atención y no en una promesa normativa. Un modelo de gestión jurídica pública somete la defensa del Estado a criterios de eficacia y economía, en lugar de abandonarla a la inercia del litigio. Un archivo distrital hace posible la publicidad y la memoria de las decisiones administrativas, sin las cuales el control ciudadano es una ficción. Y un modelo de contratación transparente materializa el principio de moralidad justo allí donde el Estado es más vulnerable.

Que ese andamiaje haya sobrevivido a más de veinte años y a administraciones de signos opuestos dice algo que los informes de gestión rara vez capturan: fue construido para durar, no para figurar. Es la diferencia entre gobernar y administrar; entre el anuncio y la institución.

La técnica al servicio de una convicción

Su perfil nunca fue el de la militancia partidista. Formada como abogada y especialista en ciencias penales en la Universidad Nacional de Colombia, construyó desde temprano una autoridad de orden técnico antes que político (El Tiempo, 2023; El Espectador, 2026). Esa credibilidad explica que en 2010 asumiera la gerencia de la campaña presidencial de Antanas Mockus, una colectividad que llegó a segunda vuelta sin la maquinaria electoral tradicional (en su momento, cabe aclarar)  y que defendió, por encima del resultado, una idea incómoda para el sistema político de entonces: que la administración pública podía gestionarse con rigor y sin clientelismo (La Silla Vacía, 2026).

Función Pública, 2014-2018: la integridad como política de Estado

Entre 2014 y 2018 dirigió el Departamento Administrativo de la Función Pública, entidad rectora del empleo público y de la gestión institucional del Estado colombiano (Función Pública, s. f.; La Silla Vacía, 2026). Allí su convicción encontró su expresión normativa más ambiciosa.

Bajo su dirección, el país pasó de los códigos de ética —declarativos, redactados entidad por entidad y casi siempre inertes— al Código de Integridad del Servicio Público Colombiano: un código tipo, general y conciso, aplicable a todos los servidores de la rama ejecutiva y articulado alrededor de cinco valores: honestidad, respeto, compromiso, diligencia y justicia (Función Pública, 2017). Su premisa es exactamente la misma que ella repetía en los pasillos: la función primordial del servidor público es servir a la ciudadanía. En paralelo, la adopción del Modelo Integrado de Planeación y Gestión mediante el Decreto 1499 de 2017 incorporó la integridad como principio ordenador de toda la gestión pública, y no como un apéndice de la política de talento humano.

El giro conceptual merece subrayarse, porque suele pasar inadvertido. La ética, en la tradición administrativa colombiana, solía formularse como un deber abstracto que nadie sabía cómo verificar. La integridad, tal como quedó planteada, se define por conductas cotidianas y observables: no se trata de proclamar valores, sino de describir qué hace (y qué no hace) un servidor íntegro cuando atiende a un ciudadano, resuelve una petición o administra un recurso. Detrás de esa decisión hay una intuición que atraviesa toda su carrera: ninguna reforma sobrevive si no es habitada por convicciones.

Vigilancia preventiva, formación y ejercicio privado

En 2018 fue designada procuradora delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública (Infobae, 2026). La elección del escenario no fue casual. La función preventiva, a diferencia de la sancionatoria, no persigue el daño consumado sino que trabaja para que no ocurra; supone confiar en que el servidor público se corrige por la vía de la formación antes que por la del miedo. Es difícil imaginar un cargo más coherente con su manera de entender el Estado.

Esa misma vocación pedagógica la llevó a la dirección nacional de la Escuela Superior de Administración Pública y al Instituto de Liderazgo Público de la Universidad Nacional de Colombia (Infobae, 2026; El Tiempo, 2026). No es casualidad que, al conocerse su muerte, la exalcaldesa Claudia López haya destacado justamente su papel en la formación de servidores públicos (El Tiempo, 2026): buena parte de su influencia no está en los actos administrativos que firmó, sino en los equipos que formó.

En el ejercicio privado fue socia directora de Piza y Caballero Consultores, desde donde asesoró a entidades públicas y privadas, así como a organismos de cooperación nacionales e internacionales, en procesos de modernización institucional (El Tiempo, 2026; El Espectador, 2026).

El regreso a Bogotá y el cierre de un ciclo

En diciembre de 2023, con más de 28 años de experiencia en cargos de alta responsabilidad pública y privada, volvió a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, esta vez bajo la administración de Carlos Fernando Galán (El Tiempo, 2023). Durante ese periodo asumió en varias oportunidades la alcaldía encargada de la ciudad. Se retiró en 2024, al cumplir la edad de retiro forzoso prevista para los servidores públicos, dejando constancia de que servir a Bogotá había sido siempre, para ella, un honor (Diario del Cesar, 2026; MSN Noticias, 2026).

Fue, entonces, secretaria general de Bogotá en dos momentos separados por más de veinte años. La propia Secretaría General lo resumió al despedirla: dejó una huella que trasciende los cargos que ocupó y que permanece en quienes trabajaron a su lado (Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, 2026). Pocas veces una fórmula protocolaria describe algo tan literal.

Servir como principio de vida

Hay dos maneras de rendir homenaje a una servidora pública. La primera consiste en enumerar sus cargos, que en su caso son muchos y significativos. La segunda, más difícil y más honesta, consiste en preguntarse qué le exige su ejemplo a quienes seguimos aquí.

A quienes ejercemos el servicio público, ya sea desde una subsecretaría, una alcaldía local, una oficina jurídica o un despacho, Liliana Caballero nos dejó una enseñanza incómoda por lo simple: servir no es una condición del cargo, sino una decisión personal que se renueva cada día y que sobrevive al cargo. Se sirve en la respuesta oportuna a una petición que nadie va a auditar. Se sirve en el acto administrativo motivado con rigor aunque nadie lo lea completo. Se sirve en el trato digno a quien llega a una ventanilla sin abogado, sin influencias y sin más recurso que su derecho. Nada de eso figura en un informe de gestión, y todo eso es, en estricto rigor, lo que quiso decir el constituyente de 1991.

Su fallecimiento deja un vacío en la comunidad jurídica y administrativa del país. Pero el homenaje más fiel a su memoria no está en las condolencias ni en los reconocimientos de estos días, más bien, este se da en la persistencia discreta de quienes aprendimos (muchos sin haberla conocido en persona) que lo público no es un espacio de poder, sino un lugar donde se sirve. Que su ejemplo nos siga corrigiendo como ella corregía: con firmeza, sin estridencia y siempre en la misma dirección.

Sobre el autor…

Santiago Pérez Pulido es asesor en normativa electoral. Egresado de la Universidad Libre de Colombia, con énfasis académico en derecho constitucional y administrativo. Se ha desempeñado como joven investigador en la Red de Constitucionalismo Crítico de América Latina y como investigador en la Red Universitaria Anticorrupción, participando además en diversos grupos académicos en el campo jurídico. Cuenta con formación en historia constitucional latinoamericana, teoría interseccional en contextos constitucionales, transparencia y lucha contra la corrupción, movilidad humana, régimen disciplinario, contratación estatal y derecho electoral colombiano.

Su experiencia profesional se ha desarrollado principalmente en el ámbito académico e investigativo, así como en el asesoramiento en asuntos electorales. Ha trabajado en el sector público, tanto en el nivel central como descentralizado del Distrito Capital, en áreas como control preventivo, lucha contra la corrupción, derecho administrativo, relacionamiento estratégico internacional, derecho constitucional y contratación estatal.

Referencias

Cambio Colombia. (2023, 14 de diciembre). Gabinete de Carlos Fernando Galán: ¿Quiénes son Liliana Caballero y César Restrepo, próximos secretarios general y de seguridad? https://cambiocolombia.com/pais/gabinete-de-carlos-fernando-galan-quienes-son-liliana-caballero-y-cesar-restrepo-proximos

Constitución Política de Colombia [Const.]. (1991). Artículos 23, 123 y 209 (2.ª ed.). Legis.

Departamento Administrativo de la Función Pública. (2017). Código de integridad del servicio público colombiano. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/admon/files/empresas/ZW1wcmVzYV83Ng==/archivos/1517414936_105d3c200c8f5183bb63f0ea7de844fa.pdf

Departamento Administrativo de la Función Pública. (s. f.). Liliana Caballero Durán, directora del Departamento Administrativo de la Función Pública. Recuperado el 7 de septiembre de 2026, de https://www1.funcionpublica.gov.co/noticias/-/asset_publisher/mQXU1au9B4LL/content/liliana-caballero-duran-directora-del-departamento-administrativo-de-la-funcion-publica

Diario del Cesar. (2026, 7 de septiembre). Murió Liliana Caballero, exsecretaria general de la alcaldía de Bogotá. https://www.diariodelcesar.com/archivos/346395/murio-liliana-caballero-exsecretaria-general-de-la-alcaldia-de-bogota/

Decreto 1499 de 2017 [Presidencia de la República de Colombia]. Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015. 11 de septiembre de 2017.

El Espectador. (2026, 7 de septiembre). Falleció Liliana Caballero: una abogada clave en modernizar la administración pública. https://www.elespectador.com/bogota/fallecio-liliana-caballero-una-abogada-clave-en-modernizar-la-administracion-publica/

El Tiempo. (2023, 14 de diciembre). Ella es Liliana Caballero, la nueva secretaria general de Carlos Fernando Galán. https://www.eltiempo.com/bogota/perfil-de-liliana-caballero-la-secretaria-general-de-carlos-fernando-galan-834782

El Tiempo. (2026, 7 de septiembre). Falleció Liliana Caballero Durán: el legado de una de las mujeres que estructuró el servicio público en Colombia. https://www.eltiempo.com/bogota/fallecio-liliana-caballero-duran-el-legado-de-una-de-las-mujeres-que-estructuro-el-servicio-publico-en-colombia-3584048

Infobae. (2026, 7 de septiembre). Conmoción por la muerte de Liliana Caballero: así recuerdan el papel que tuvo junto a Antanas Mockus. https://www.infobae.com/colombia/2026/09/07/conmocion-por-la-muerte-de-liliana-caballero-asi-recuerdan-el-papel-que-tuvo-junto-a-antanas-mockus/

La Silla Vacía. (2026, 7 de septiembre). Falleció Liliana Caballero, clave en la administración pública nacional. https://www.lasillavacia.com/en-vivo/fallecio-liliana-caballero-clave-en-la-administracion-publica-nacional/

MSN Noticias. (2026, 7 de septiembre). Murió Liliana Caballero, secretaria general de la Alcaldía de Bogotá en los primeros meses de esta administración. https://www.msn.com/es-co/noticias/other/ar-AA2bH8rn

Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. (2026, 7 de septiembre). La Alcaldía Mayor de Bogotá lamenta el fallecimiento de Liliana Caballero Durán. https://secretariageneral.gov.co/noticias/la-alcaldia-mayor-de-bogota-lamenta-el-fallecimiento-de-liliana-caballero-duran

Semana. (2026, 6 de septiembre). Carlos Fernando Galán lamenta el fallecimiento de Liliana Caballero: «Fue un ejemplo de servicio para Bogotá y Colombia». https://www.semana.com/nacion/bogota/articulo/carlos-fernando-galan-lamenta-el-fallecimiento-de-liliana-caballero-fue-un-ejemplo-de-servicio-para-bogota-y-colombia/202639/

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