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El camino recorrido para alcanzar la despenalización del aborto en Colombia hasta la semana 24 ha sido largo e intrincado. La reciente Sentencia C-055 de la Corte Constitucional es un logro del movimiento feminista en Colombia, luego de que el aborto, hace no tantos años, fuera concebido como un delito sin ninguna excepción.

En el 2000, cuando fue expedido el Código Penal colombiano que nos rige en la actualidad, se establecía tajantemente que la mujer que “causara su aborto o que permitiera que otro se lo causara, tendría que ir a la prisión de uno a tres años”. Seis años tuvieron que pasar para que este mandato legal absoluto fuera moderado y empezara a regir el sistema de causales que excluían la configuración del delito en caso de que la vida o la salud de la mujer estuvieran en riesgo, cuando existiera una grave malformación del feto o cuando el embarazo hubiera sido producto de una violación.

En su momento, en el 2006, la Sentencia C-355 de la Corte Constitucional causó un gran revuelo a nivel nacional. Varias de las mismas voces que hoy en día expresan su indignación con la despenalización total del aborto hasta la semana 24, en ese entonces no tan lejano, también se anunciaban escandalizadas por la inmoralidad de dichas excepciones.

Sin embargo, incluso las mujeres cobijadas por las tres excepciones de la Corte encontraban interminables barreras de acceso para abortar. Por ejemplo, las mujeres debían realizar una denuncia formal de que habían sido víctimas de una violación, necesitaban certificados médicos que corroboraran el riesgo que corría su vida o que verificaran la gravedad de la malformación del feto. Además, en la práctica, había un amplio desconocimiento del marco legal que regía el aborto legal, existían fallas administrativas en la prestación del servicio y, en muchas ocasiones, las excepciones de la Corte eran interpretadas de manera restrictiva. Muchas mujeres seguían muriendo en la clandestinidad.

En este panorama y siendo evidente que el sistema de causales no era suficiente, el 16 de septiembre de 2020, el movimiento Causa Justa radicó su demanda solicitando a la Corte Constitucional la declaración de inexequibilidad del artículo del Código Penal donde se consagraba el delito de aborto, es decir, que fuera declarado contrario a la Constitución colombiana y removido del ordenamiento jurídico.

Entre esta fecha y la Sentencia C-055 de este año, el proceso ante la Corte fue especialmente largo. La Corte recibió cientos y cientos de intervenciones ciudadanas que apoyaban o rechazaban la demanda interpuesta con igual vehemencia. Hubo varias solicitudes de nulidades en el proceso, recusaciones a los magistrados, varios nombramientos de conjueces y, en general, maniobras procesales para que la discusión de fondo se pospusiera lo que más se pudiera. Más de un año y cinco meses pasaron para que, finalmente, la Corte decidiera el fondo de la demanda y para que el voto del conjuez Julio Andrés Ossa desempatara favorablemente las previsiones de voto de los otros magistrados.

La solución a la que llegó la Corte es una solución intermedia entre lo que solicitaron las demandantes del movimiento Causa Justa y lo que muchas de las intervenciones ciudadanas pedían – continuar con el sistema de causales o, incluso eliminar las mismas–. Así, a partir de ahora, el aborto libre en las primeras 24 semanas de embarazo no será considerado como un delito y, en las siguientes, regirá el sistema de las tres causales de exclusión. Adicionalmente, la Corte exhortó al Congreso y al Gobierno nacional para que, en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral para evitar la desprotección de los derechos de las mujeres gestantes y, a su vez, protejan la vida en gestación sin afectar las garantías de la mujeres.

Como se puede ver, el camino recorrido ha sido largo y en este andar la lucha feminista se ha heredado a través de los años. El movimiento feminista en Colombia se ha transformado, ha cambiado de estrategias, de voz y de representantes, pero sin duda alguna ha sentado las bases para transformar también en el futuro. Aunque hoy tenemos mucho que celebrar, no debemos olvidar a las mujeres que fueron estigmatizadas y perseguidas en largos años de prohibición y criminalización o a todas ellas que murieron por abortar en la clandestinidad.

No se albergan muchas esperanzas de que el Congreso y el Gobierno implementen una política pública seria de aborto en un futuro cercano, pero para eso están las mujeres que vamos a seguir luchando, las mujeres que tomarán el camino andado y lo utilizarán para seguir conquistando derechos.

Natalia Rodríguez Álvarez es abogada de la Universidad del Rosario y actualmente es estudiante de la Maestría de Derecho Internacional Público de la Universidad París II Panthéon-Assas.

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