El reto de la formación ética de los abogados es un reclamo social constante. Palacio de Justicia de Neiva. Cortesía: Faiver Polo.
El reto de la formación ética de los abogados es un reclamo social constante. Palacio de Justicia de Neiva. Cortesía: Faiver Polo.

Una sencilla definición de Cabanellas, en su “Diccionario de Derecho Usual”, permite sintonizarnos con el tema propuesto. Cuando hablamos de “Deontología Jurídica”, nos referimos a aquella parte de la ética profesional que se ocupa de los deberes morales de los abogados, de los deberes de los servidores públicos.

La ética, la justicia y la paz constituyen unos valores fundamentales en la práctica del derecho. Abogados y abogadas tienen la responsabilidad de representar a sus clientes de manera justa y equitativa, construyendo paz y respetando los derechos de todas las partes involucradas, con integridad y honestidad en cada una de sus actuaciones. A su vez, los jueces y magistrados tienen el deber de administrar justicia bajo el amparo de la Ley, como lo establece el artículo 230 de la Constitución Política. 

Estos valores fundantes en el ejercicio del Derecho no son ajenos a los organismos internacionales. Es por ello por lo que la Organización de las Naciones Unidas en el año 2015 estableció una serie de problemáticas y desafíos que enfrenta la humanidad, entre ellos, los relacionados con las dificultades de construcción de sociedades justas, equitativas y pacíficas que garanticen los derechos fundamentales de las personas. Por tal razón, estructuró una agenda de desarrollo sostenible que debe cumplirse al año 2030. 

Es responsabilidad de los Estados y de la sociedad crear ambientes de paz y justicia en el ejercicio de la abogacía y la consolidación de las Instituciones que integran la rama judicial, conforme se señala en el Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) No. 16: “Justicia, Paz e Instituciones Sólidas” que tiene como finalidad, entre otras: i) la reducción significativa de todas las formas de violencia, ii) la reducción de la corrupción y el soborno en todas sus formas, y iii) el fortalecimiento de las instituciones destinadas a prevenir la violencia.

El ejercicio de la abogacía y de la administración de justicia se ha visto empañado por diversos escándalos de corrupción y abrumadora lentitud en los procesos judiciales que ha generado una perdida del respeto y de la honorabilidad que en otrora caracterizaron a la profesión. De ahí que se planteen diversas reflexiones relacionadas con la formación ética en que deben actuar los profesionales del Derecho 

Deberes del abogado

Los profesionales del derecho, llámense servidores públicos, litigantes o jueces, deben cumplir con altos estándares éticos para mantener la confianza de sus clientes, usuarios y público en general. Las violaciones a este principio pueden acarrear sanciones disciplinarias, incluida la suspensión o la revocatoria de la licencia para practicar el derecho, tal como lo establece el Código Disciplinario del Abogado (Ley 1123 de 2007). Por lo tanto, la ética resulta crucial para garantizar la integridad y la credibilidad de la profesión.

En el ejercicio de la abogacía, también cumple un papel fundamental la búsqueda de la justicia y la paz. 

Cuando hablamos de justicia, nos referimos a un valor que garantiza que todas las partes involucradas en un caso sean tratadas de manera equitativa. Según la Corte Constitucional, siguiendo los postulados de Ulpiano, la justicia es una “virtud que consiste en dar a cada uno lo que le corresponde”. En sentido jurídico, esta “consiste en determinar a quién le pertenece alguna cosa conforme a derecho”; por lo que se espera que los profesionales del derecho trabajen para garantizar que todas las personas tengan acceso a un trato equitativo y no se les discrimine por su raza, género, orientación sexual, religión u otras características personales. 

Como lo expresó Carlos Gaviria Díaz: “ser abogado es ser defensor de los derechos humanos y la razón del ejercicio profesional en cualquiera de los órdenes en los que nos desempeñemos no es otro que servir y ser garante de los derechos por encima de los intereses que vayamos a defender”.

Llama la atención cómo, siguiendo la promoción e importancia reconocidas internacionalmente de los Derechos Humanos durante las últimas décadas, se instituye su defensa y desarrollo como deber de los abogados.

En lo concerniente a la paz, entendida como un proceso participativo y dinámico que fomenta el diálogo, la promoción de la democracia y la solución pacífica de los conflictos, los Estados deben propender porque todas las personas puedan, a través de la educación, desarrollar habilidades y actitudes para el diálogo, la negociación y la intervención pacífica de controversias, al igual que el fortalecimiento de las instituciones encargadas de administrar justicia. En otras palabras, existe un deber de los profesionales del derecho de implementar acciones que permitan alcanzar la paz, la garantía de derechos y la dignidad de todas las personas.

Principios y valores que orientan la profesión

La conservación y defensa de la dignidad y el decoro de la profesión constituyen principios de señaladas tradición e importancia; lo mismo que la mesura, seriedad, ponderación y respeto en sus relaciones profesionales.

Adviértase, de una vez, cómo su proyección práctica invoca y añora la formación moral recibida por el abogado desde su hogar: se trata de aspectos fundamentales que no se deben trasladar o diferir a la academia, pues son emanaciones vivenciales que se van formando en la conciencia desde la más tierna edad.

Permítanme concluir con el pensamiento esencial de “El Alma de la Toga”, de Don Ángel Osorio: “La abogacía no se cimienta en la lucidez del ingenio, sino en la rectitud de la conciencia. Esa es la piedra angular; lo demás, con ser muy interesante, tiene caracteres adjetivos secundarios”

Sin embargo, existen muchos desafíos en la promoción de la paz, la justicia y la ética. Uno de los mayores retos está relacionado con la falta de recursos para ayudar a las personas que no tienen acceso a la justicia. Otro de los retos lo constituye el fenómeno de la corrupción, la demora en resolver los conflictos jurídicos y la falta de transparencia en el desarrollo de sus actividades. Casos como el del “cartel de la Toga”, que involucraba a abogados, jueces y magistrados transaccionando prebendas en el marco de distintos procesos, evidencian hasta qué punto se ha empañado la profesión.

***

Conflicto de intereses: Martha Cecilia Abella no recibe salario, ni posee acciones, ni recibe financiación de ninguna compañía u organización que pueda obtener beneficio de este artículo, y ha declarado carecer de vínculos relevantes más allá del cargo profesional y personal de su perfil.

Deja un comentario