"Nombrar el genocidio" por Ana Sofía Polanía Montealegre.
"Nombrar el genocidio" por Ana Sofía Polanía Montealegre.

Por: Gina Paola Montealegre Linares (X: @Gin&tonic).

“Compartimos una historia de haber sido trasladados, eliminados y trasladados de nuevo. Sacados de nuestras casas y preguntándonos si alguna vez volveremos”

Erica Videt Lee. Our Revolution.

Todos creemos conocer el origen del concepto de genocidio y pensamos en hechos lejanos ocurridos durante la Segunda Guerra Mundial, cuando el régimen Nazi alemán pretendió exterminar al pueblo judío. Pensamos con frecuencia que estos hechos atroces ocurrieron sólo en ese momento, y que las víctimas han sido sólo los miembros de este pueblo.

Sin embargo, gran parte de nosotros desconoce que el origen de esta palabra abrumadora está lejos de lo que nos enseña la teoría jurídica cuando nos remite irremediablemente a la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, donde se reconoció por primera vez en la Asamblea de Naciones Unidas. De acuerdo con esta perspectiva, en efecto restrictiva, el genocidio es un delito internacional que sólo puede ser cometido por Estados en tiempos de paz o de guerra, y se configura por el despliegue de acciones sistemáticas encaminadas al exterminio total o parcial de un grupo nacional, étnico, racial o religioso. 

Concebir el genocidio como un término reducido a la teoría jurídica, lejos de la concepción inicial de Lemkin, quien acuñó por primera vez el concepto al señalar que las conductas genocidas atacaban directamente el derecho de grupos humanos a ser y existir, supone en la actualidad un problema: la deshumanización del que consideramos “el otro”. En efecto, nos encontramos frente a una sociedad que teme nombrar el genocidio y relega el debate a una cuestión académica sin mayores consecuencias para el mundo práctico.

Los acontecimientos recientes en Gaza, donde el Estado de Israel ha acrecentado su política de ocupación a través del ejercicio impune de la violencia desmedida dirigida a la población civil ante los ojos de una comunidad internacional sin capacidad de respuesta para afrontar la crisis humanitaria, es sólo un ejemplo de lo que en verdad supone abordar la cuestión del genocidio. Problema que resulta imperativo abordar desde perspectivas distintas a la jurídica; sobre todo si consideramos que Palestina no es el único grupo humano víctima de estas conductas en la actualidad. Para muchos es desconocido lo que ocurre ahora mismo en el Congo, por ejemplo.

Al respecto, Patrick Wolfe (2006), al abordar la cuestión genocida y su relación con el colonialismo de asentamiento, señaló que este es un indicador importante que nos lleva a estar atentos, a “vigilar las situaciones en los que se intensifica el colonialismo de asentamiento” como en el caso de Israel en Gaza. Es necesario tener presente, además, que estas prácticas no se presentan de manera sorpresiva; es decir, las conductas genocidas tienen efectos en el tiempo, son sistemáticas y obedecen a un plan concreto que responde también a prácticas de colonización. Esencialmente, una política de colonización no es posible sin la destrucción de los pueblos colonizados.

Estas observaciones nos llevan a señalar que reducir la cuestión del genocidio a una perspectiva netamente jurídica supone también que en la práctica aceptamos que el único conocimiento jurídico válido es el impuesto por el poder eurocentrista, cuyo concepto de justicia sólo es válido para aquellos que ese derecho reconoce como humanos. Nombrar el genocidio supone también el ejercicio de pensar la práctica jurídica desde categorías “no blancas” que incluyan el conocimiento de otras áreas del pensamiento y nos permitan rescatar el concepto de humanidad.

En ese sentido, una nueva perspectiva no colonial podría incluso llevarnos a pensar en otros grupos de víctimas de conductas genocidas por fuera de las categorías señaladas por la Convención de la ONU, como en los casos de grupos que sufren violencia por razones de género, entre ellos grupos de mujeres y personas trans. Basta recordar entonces que el reconocimiento del genocidio por la pertenencia a un grupo político, a pesar de no estar contemplado en la mencionada convención, fue plenamente reconocido en el caso colombiano frente al exterminio del grupo político Unión Patriótica – UP.

Debemos entender entonces que el genocidio no es un concepto lejano, y evitar nombrarlo sólo nos lleva a normalizarlo y responder afirmativamente a la lógica del poder donde lo que no se nombra no existe. Es necesario mantener una postura crítica frente a lo que estamos observando, reconociendo que resulta insuficiente ceñirnos a construcciones jurídicas también blancas y coloniales, que se quedan cortas para explicar la realidad. De allí que posicionarnos en el debate de la cuestión genocida como humanos sea también un acto revolucionario.

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Sobre la autora…

Gina Montealegre

Gina Paola Montealegre Linares es abogada de la Universidad Surcolombiana. Estudiante de especialización Derecho Público en la Universidad Autónoma de Colombia. Miembro del grupo Lectura Decolonial. Feminista.

Sobre la ilustradora…

Ana Sofía Polanía Montealegre es estudiante de pregrado en Goldsmiths University of London, cursando el programa Historia del Arte. Huilense. Feminista.

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